Datos del peritaje realizado por un especialista de la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) de Carabineros, mencionados durante la audiencia de formalización del chofer del bus que la noche del martes volcó en el kilómetro 36 de la ruta CH 115, comprobaron que el exceso de velocidad fue determinante en el hecho que enluta a tres familias maulinas.
“Se pudo establecer que, si bien la ruta estaba entorpecida y riesgosa por barro trasladado por maquinaria desde otra parcela, el conductor del bus no se percató de ese peligro a tiempo, porque conducía con exceso de velocidad. Las señales dejadas en el lugar, según el perito de la SIAT, demuestran que iba a exceso de velocidad”, explicó el fiscal a cargo del caso, José Luis González.
Aun cuando llovía y era de noche cuando sucedió el accidente, si el móvil se hubiese desplazado a 70 kilómetros por hora -el límite permitido- y con luces bajas, pudo haber notado con antelación de que un tramo de la ruta estaba cubierta por lodo y así evitar perder el control del vehículo, explicó González.
El testimonio de uno de los pasajeros que salió ileso respalda el resultado del peritaje de la SIAT. Según esa declaración desde el comienzo del viaje y durante todo el trayecto el bus se desplazada velocidad alta. CAUTELARES
Como autor de cuasi delito de homicidio, el cual “se atribuye por negligencia, por no cumplir las reglas de tránsito, en este caso, por no estar atento a las condiciones del tránsito, y conducir a exceso de velocidad”, definió el fiscal, fue formalizado en el Juzgado de Garantía de Talca, el chofer del bus accidentado, Pedro Antonio Díaz.
Apoyado en los citados antecedentes, la fiscalía solicitó como medidas cautelares la prohibición de salida del país, la firma mensual del imputado y suspensión de la licencia de conducir mientras transcurra la investigación. A esta última cautelar se opuso la defensa del chofer por “no existir antecedentes objetivos que prueben el exceso de velocidad”, tal como lo argumentó la abogada Paz Baeza, durante la audiencia.
El juez, Ricardo Riquelme, resolvió otorgar dos de las medidas cautelares salvo la suspensión de la licencia de conducir, porque no existe normativa legal que lo autorice.
“A todos nos resulta de lógica que una persona que haya cometido esta negligencia, que ha costado la vida de tres personas, no debe conducir y que, incluso, si con infracciones menores se incautan las licencias, en este caso debiera proceder. Por lo tanto, hay un vacío legal y es necesario corregirlo”, visibilizó González. PRÓXIMAS ETAPAS
El imputado podría ser sentenciado con una pena mínima de 61 días y máxima de tres años. Los grados dependen de los antecedentes de la persona y de la gravedad del resultado. El chofer señalado no tiene antecedentes penales y no se encontraron rastros de consumo de alcohol el día del accidente.
“En este caso, creemos que debe aplicarse el máximo una vez descontada la atenuante (irreprochable conducta anterior), porque son varios los fallecidos, por tanto, el resultado es más dañoso”, explicó el fiscal.
Por otro lado, está por aclarar el grado de responsabilidad de los camiones que arrastraron el barro a la vía desde una parcela donde se extrae remolacha. “Los accidentes no son siempre una sola causa. Lo que hay que determinar es si esa infracción es meramente administrativa, del Juzgado de Policía o si pueden ser trasladados también a sede penal para corresponsabilizarlos con el conductor”, indicó González.
Exceso de velocidad incidió en volcamiento donde fallecieron tres trabajadores
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