Referencias a la probidad, conflictos de intereses, la necesidad de pruebas, el juicio político-jurídico y la presunción de inocencia estuvieron presentes en la sesión especial previa a la votación.
Con la relación de la acusación constitucional en contra del presidente de la República, Sebastián Piñera, la Sala del Senado inició esta mañana el conocimiento del libelo acusatorio impulsado por la Cámara de Diputadas y Diputados.
Así el secretario del Senado, Raúl Guzmán relató los hechos desde que se presentó esta causa en la Cámara Baja hasta su llegada al Senado. Mencionó los argumentos jurídicos aludidos por los legisladores acusadores y la defensa, resumiendo los principales conceptos que deberían considerarse al momento de votar.
ACUSADORES
La primera diputada en exponer argumentos para sostener la acusación fue Gael Yeomans, quien sentenció que “esta acusación demuestra un notable conflicto de intereses, negociaciones incompatibles y un actuar sin ética”. A su juicio, “no solo la imagen del país se ha visto afectada, sino que ha afectado a nuestra democracia, provocando un daño inconmensurable a la institucionalidad y cómo ella es percibida por la ciudadanía”.
Luego, el diputado Leonardo Soto reconoció que “hablaremos todo el día sobre la corrupción pública, de conflictos de interés y también se hablará de impunidad” y llamó a tener “tolerancia cero con la corrupción, con abusos y privilegios, por eso creemos que es un día histórico, donde deberán elegir de qué lado están: del lado de los que aceptan la corrupción o del de los que actúan decididamente contra ella”.
La pérdida de la credibilidad y de la honestidad desde el punto de vista del ejercicio de la función pública, fueron puestos en relevancia por el diputado Gabriel Silber, quien indicó que “los ‘Pandora Papers’ han marcado un antes y un después” y enfatizó que “en Chile no vamos a permitir estos actos. Lo que está en juego es nada menos que el honor de la Nación”.
DEFENSA
Respondiendo a los argumentos acusatorios, el abogado del presidente, Jorge Gálvez aseguró que existe “la intención de distorsionar los hechos”. “El proyecto Dominga es un esfuerzo de un grupo de empresarios donde hay varios inversionistas pasivos, entre los cuales estaba la familia Piñera Morel. Ellos no eran los dueños, ellos no vendieron nada”, hizo ver.
El jurista continuó indicando que “al presidente no solo lo ampara la presunción de inocencia sino que goza de una inocencia jurídicamente establecida, se requieren pruebas de culpabilidad, no como se ha dicho acá. Una investigación del Ministerio Público indica que los hechos que se le imputan no son efectivos. Destituir al presidente de la República es ir en contra de la voluntad democrática que lo eligió en las urnas”.
RÉPLICA Y DÚPLICA
Durante la réplica, el diputado Soto aclaró que el propio director del SII indicó que no se puede asegurar que se hayan pagado impuestos y sobre la alusión a un juicio político, el legislador aludió a la carpeta investigativa desde la Fiscalía por “hechos que podrían ser constitutivos de crímenes”.
En esta misma línea el diputado Silber agregó que el presidente tiene la condición de imputado por cohecho, corrupción o soborno. “Por más que una mentira se repita hasta el cansancio, no se transforma en verdad (…) Lo más importante es dar una señal política”.
Por último, la diputada Yeomans refutó las afirmaciones de la defensa sobre la calidad de socios minoritarios de la familia Piñera Morel y argumentó sobre una acusación jurídico político y la prescripción de los hechos.
Luego el abogado Gálvez respondió indicando que “no se puede imponer un castigo sin pruebas y acá no he escuchado ninguna. No se ha demostrado que no se ha pagado impuestos, el Servicio de Impuestos Internos ha dicho que no hay elusión ni evasión, existe una ignorancia y error manifiesto en materia impositiva en este libelo”.
Asimismo el jurista relató cómo se dio la aprobación técnica del proyecto Dominga en el marco del funcionamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad fundamentando que “no existió por parte del presidente la omisión de la zona de protección ambiental en un área marina costera como se ha planteado”.
Agregó que “en cuanto a la no firma del tratado de Escazú, no existe omisión en esto, porque el presidente no tiene la obligación de firmar estas materias. No hay violación de obligaciones internacionales porque para que estos instrumentos sean efectivos, debe cerrarse un proceso en el que participa el Congreso”, concluyó.